Acuacultura

Inicia la veda de camarón en el Golfo de México y Mar Caribe

La Conapesca oficializó los periodos y zonas de veda para todas las especies de camarón, con base en la opinión técnica del IMIPAS, con el fin de proteger las poblaciones del recurso en el Golfo de México y Mar Caribe.

05/05/2026 9:35 am
Redacción La Campiña

MÉXICO.— La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) informó el inicio de los periodos y zonas de veda para todas las especies de camarón en el Golfo de México y Mar Caribe, medida sustentada en la opinión técnica del Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables (IMIPAS) y oficializada mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La veda tiene como objetivo proteger las poblaciones de camarón, garantizar su reproducción y contribuir a la sostenibilidad de la pesquería en una de las regiones más importantes del país.

Periodos de veda en zona marina

  • Del 1 de mayo al 15 de agosto de 2026: desde la frontera con Estados Unidos, en Tamaulipas, hasta la desembocadura del Río Coatzacoalcos, en Veracruz.
  • Del 1 de mayo al 30 de septiembre de 2026: franja costera frente a Campeche y Tabasco, para la pesquería de camarón siete barbas (Xiphopenaeus kroyeri).
  • Del 1 de junio al 1 de octubre de 2026: zonas marinas de Campeche y Tabasco.
  • Del 1 de junio al 1 de octubre de 2026: caladeros de Contoy, en Quintana Roo.

Sistemas lagunarios estuarinos

  • Del 1 de mayo al 30 de septiembre de 2026: en Tabasco.
  • Del 30 de mayo al 14 de julio de 2026: desde la frontera con Estados Unidos en Tamaulipas hasta la desembocadura del Río Coatzacoalcos, en Veracruz.

Además, se mantiene la veda permanente en la franja marina de 0 a 20 millas náuticas desde Isla Aguada, Campeche, hasta los límites con Belice, incluyendo lagunas y zonas costeras de la Península de Yucatán, con excepción de los caladeros de Contoy en épocas autorizadas.

Inventarios y transporte

Las personas que cuenten con existencias de camarón deberán registrar su inventario mediante el formato CONAPESCA‑01‑069, disponible en línea, y presentarlo en las oficinas correspondientes. Para transportar producto desde zonas en veda será necesaria la Guía de Pesca.

La Conapesca recordó que quienes incumplan estas disposiciones serán acreedores a las sanciones establecidas en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

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