Hijos del Maíz

Ley Federal para el Fomento y Protección del Maíz Nativo llega al Diario Oficial de la Federación

Magdiel Olano

PUEBLA, MÉXICO.- El decreto por el que se expide la Ley Federal para el Fomento y Protección del Maíz Nativo fue publicado este día en el Diario Oficial de la Federación, el cual declara la protección, producción  comercialización y consumo del maíz nativo como una obligación del Estado.

Tras una lucha de cientos de organizaciones civiles, campesinos, empresarios, científicos, miles de ciudadanos y campañas de resguardo al maíz nativo, este día fue publicada por el poder Ejecutivo el decreto de ley que protege a la semilla milenaria, uno de los alimentos base de la gastronomía mexicana.

Fue el 19 de marzo pasado que dicha ley  fue aprobada por la Cámara de Diputados pero con modificaciones, misma que pone de manifiesto a los maíces nativos como derechos culturales y alimentarios de la población mexicana.

Fotografía: Leo Herrera

El decreto establece la producción, comercialización y consumo del Maíz Nativo como una manifestación cultural según  lo dispuesto en la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, además de establecer los mecanismos institucionales para la protección y fomento de está semilla originaria.

Esta planta es la base de más de 700 platillos en el país, sin embargo son más de 16 millones de toneladas de maíz amarillo transgénico el que es importado desde Estados Unidos cada año, el cual contamina los maíces nativos. Así, esta ley asegura su protección, más allá de un alimento, como una manifestación cultural.

ACCESO EFECTIVO

En su artículo cuarto, indica que “el Estado deberá garantizar y fomentar, a través de todas las autoridades competentes, que todas las personas tengan acceso efectivo al consumo informado de Maíz Nativo y en Diversificación Constante, así como de sus productos derivados, en condiciones libres de Organismo u organismos genéticamente modificados (OGM’s)”.

Para tales efectos, se llevará a cabo la creación del Consejo Nacional del Maíz Nativo (Conam), el cual estará conformado por los titulares de la Sader, Semarnat, Secretaría de Cultura, y del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. Así también, miembros de la sociedad civil relacionados con el sector agroalimentario, ejidos y comunidades agrarias, comunidades indígenas, y personal de la academia.

Éste, entre otras funciones,  intervendrá en la planeación, programación y definición de políticas públicas sobre fomento y protección al Maíz Nativo, además en la revisión a la modificación de los programas de semillas de Maíz Nativo para que se ajusten a la Ley. Asimismo, estará encargado de impulsar la investigación y difusión del conocimiento de los maíces nativos en lo relativo a su producción, consumo y demás manifestaciones culturales relacionadas.

De acuerdo con el documento, la Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF, mientras que en un plazo máximo de 90 días se esperan las disposiciones administrativas del Ejecutivo Federal para la integración del Conam, el cual a su vez se instalará en los 30 días posteriores al nombramiento de sus integrantes.

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